miércoles, 21 de enero de 2015

Más casos de instrusismo dental en Valencia

Los jueces condenan a tres falsos dentistas por tratar a pacientes en Valencia


Dos jueces de Valencia y uno de Mislata han condenado por intrusismo profesional a tres falsos odontólogos que trataban a pacientes en varios locales de estas poblaciones cuando no estaban titulados para ello.
La primera condenada fue descubierta mientras examinaba bocas y prescribía tratamientos en un taller dental situado en la calle Escalante del barrio de El Cabanyal de Valencia. En este caso, la condenada era técnico de prótesis dental, una titulación que en ningún caso permite tratar pacientes sino fabricar prótesis. El juez del caso halló a Dolores C. C. culpable de un delito de intrusismo contemplado en el artículo 403.1 del Código Penal.
El segundo falso dentista, condenado por la titular del juzgado de Instrucción número 16 de Valencia, operaba en un laboratorio dental ubicado en la avenida Pérez Galdós de Valencia. En este procedimiento, el sentenciado „Javier M. M.„ es un protésico dental de profesión que atendía pacientes en su local, razón por la que la juez le condenó por un delito de intrusismo.
La tercera sentencia, dictada por el juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Mislata, recayó sobre Paulo Andrés V.T. quien también cometió un delito de intrusismo en circunstancias similares a los anteriores encausados. El condenado trabajaba en un taller de la calle San Antonio de Mislata.
Los tres casos fueron descubiertos por el Colegio de Odontólogos y Estomatólogos de Valencia. La entidad los puso en conocimiento de los tribunales con sendas querellas por intrusismo profesional. El Ilustre Colegio de Odontólogos y Estomatólogos de Valencia advirtió ayer por medio de un comunicado que los tratamientos impartidos por profesionales sin titulación ponen en riesgo la salud de los pacientes.
Los tres casos son sentencias de la jurisdicción penal. El presidente del Colegio de Odontólogos y Estomatólogos de Valencia (ICOEV), Enrique Llobell, recordó ayer que el intrusismo profesional es un delito tipificado en el Código Penal por lo que cualquier persona que manipule la boca de un paciente sin estar titulado para ello se expone a una condena.
Las sentencias penales comunicadas por los respectivos juzgados en los últimos cinco meses se han materializado en penas de multa económica que ascienden a 1.260, 600 y 480 euros.
Tras el descubrimiento y condena de estos nuevos casos de intrusismo sanitario, el presidente del Ilustre Colegio de Odontólogos y Estomatólogos de Valencia, insistió en la necesidad de que los ciudadanos corroboren que el profesional que presta la atención bucodental «es un dentista colegiado dado que lo contrario además de ser delito implica un serio riesgo para la salud del paciente».
Penas de prisión
El artículo 403 del Código Penal establece penas de multa para las personas que ejerzan una profesión que exige un título oficial sin tenerlo. La pena puede ser de seis meses a dos años de cárcel si, además, el acusado se atribuye públicamente la cualidad profesional amparada por el título. En septiembre fue condenado a seis meses de prisión un falso médico de Urgencias del hospital de Dénia que presentó documentación falsa para ser contratado.

http://www.levante-emv.com/comunitat-valenciana/2014/12/30/jueces-condenan-tres-falsos-dentistas/1206737.html

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